El pasado viernes 8 de octubre se publicó la nueva convocatoria de subvención por concurrencia competitiva del programa que sustituye en Andalucía al programa de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo.
El plazo de solicitud está ya abierto y acaba este 24 de octubre (incluido). Las solicitudes se deberán presentar a través de la aplicación informática GEFOC entidades. El presupuesto total 2021-2022 es de 36 millones de euros. Los proyectos tienen un año de duración. El alumnado deberá ser desempleado mayor de 16 años y tendrá un contrato formativo con salario equiparado al SMI desde el inicio. El plazo para iniciar los proyectos es hasta 4 meses desde el momento de la resolución. Para las entidades públicas se realizará el pago del 100% de la subvención de forma anticipada, una vez dictada la resolución de concesión.
Cuestiones a destacar y que nos afectan especialmente a los profesionales:
Determinación de los perfiles profesionales y requisitos mínimos del personal de ejecución.
- El personal formador debe cumplir los requisitos establecidos en el artículo 11 de la Orden de 13 de septiembre de 2021.
El personal formador, para las acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad, debe cumplir los requisitos conforme a lo establecido en el artículo 13.1 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, así como los Reales Decretos que regulan cada uno de los certificados.
En el caso de acciones formativas no conducentes a certificados de profesionalidad, el personal formador deberá cumplir los requisitos establecidos en el programa formativo correspondiente. Cuando se trate de acciones formativas en cuyo programa formativo no vengan especificados los requisitos del personal formador, estos deberán reunir los siguientes:
- Competencia docente: será de aplicación lo expuesto para las acciones formativas conducentes para la obtención de un certificado de profesionalidad.
- Experiencia profesional: Deberán acreditar al menos un año de experiencia en funciones relacionadas con el programa formativo a impartir.
b) El personal directivo debe cumplir los siguientes requisitos mínimos:
1.º Nivel formativo mínimo de titulación universitaria oficial.
2.º Un año de experiencia acreditada en puestos con funciones de dirección, organización o coordinación en programas o iniciativas relacionadas con la formación profesional para el empleo.
c) El personal de apoyo puede realizar en estos proyectos dos tipos de funciones:
1.º Apoyo administrativo. En este caso debe cumplir, al menos, los siguientes requisitos:
– Titulación de Ciclo Formativo de Grado Superior de Administración y Finanzas o equivalente. A estos efectos, se entenderá por equivalente lo establecido en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1584/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Administración y Finanzas y se fijan sus enseñanzas mínimas.
– Un año de experiencia acreditada como administrativo/a en los últimos cinco años.
2.º Apoyo a la inserción laboral y al empleo. En este supuesto, debe cumplir, al menos, los siguientes requisitos:
– Nivel formativo mínimo de titulación universitaria oficial.
– Seis meses de experiencia en los últimos 10 años, en puestos con algunas de estas funciones: prospección, colaboración y enlace entre el tejido empresarial del territorio y el alumnado de los proyectos, orientación sociolaboral y acompañamiento a la inserción, mediación laboral y gestión de recursos de empleo.
La selección del personal de ejecución se llevará a cabo según el procedimiento establecido por la entidad beneficiaria. Cualquiera que sea el sistema utilizado de selección, se deberá tener en cuenta la mayor adecuación de estas candidaturas a los puestos ofertados y a los requisitos establecidos en el resuelve undécimo. En cualquier caso, la entidad beneficiaria podrá seleccionar de forma directa al personal de ejecución de entre aquellas personas que han sido contratadas anteriormente en otros proyectos de formación profesional para el empleo gestionados por la misma, siempre y cuando cumplan con el perfil establecido en el resuelve anteriormente mencionado.
Para más información se puede consultar el enlace siguiente: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/areas/formacion-empleo/empresa-entidad-fpe/paginas/sub-programa-empleoyformacion.html
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